No
es que el libre mercado y la siesta estén reñidos o que Hayek fuera austríaco y
no gozara de esos instantes de meditación solitaria, casi trascendente que
componen la siesta, es, simplemente, que nos imponen el derecho a la
información:
Se
nos dicta qué conocer y cuándo hacerlo, y, desde que se descentralizaron los
lugares de trabajo o workplace y la diferencia de husos horarios es mayor,
llaman a casa de uno, anunciando siempre panaceas y la tarifa plana que usan
los dioses, a horas intempestivas, sin respetarse ya ni siquiera ese sacrosanto
momento previo a los clarines de la tarde.
El derecho a la información, que
según la ONU “es un derecho fundamental piedra angular de todas la libertades”
puede ser un arma de doble filo en un mundo con estímulos de todo tipo y de
todas dimensiones. Lo que preconizaba el art. 20.1 d) de la Constitución
Española: “el derecho a comunicar o recibir libremente información veraz por
cualquier medio de difusión” ha conocido como hijos díscolos al spam telefónico
así como al postal o al virtual.
La
libertad de trashumancia informativa en la era digital ha alcanzado cotas en
que necesitamos regularla para seguir siendo libres, algo paradójico y triste
para el liberalismo pero a la vez saludable para la capacidad receptora de
información del usuario.
Este
espacio de libertad frente a la información lo hallamos en las Listas Robinson:
estas listas son, según su propia página web, “un servicio de exclusión
publicitaria al servicio de los consumidores que tiene como objeto disminuir la
publicidad que estos reciben.” Es decir la exención voluntaria de recibir
publicidad de forma personalizada y uninominal. Siendo gestionado este espacio
por la Asociación Española de la Economía Digital.
Las
Listas Robinson siguen la estela de la Ley Orgánica de Protección de Datos así
como la Ley General de Telecomunicaciones y la Ley de Servicios de la Sociedad
de Información y de Comercio Electrónico, ya que tratan de hallar un equilibrio
entre la debida protección de los datos individuales y el uso que hacen de él
las diferentes empresas. El desarrollo reglamentario de las Listas Robinson
desgrana tanto el ámbito de uso como los requisitos para su utilización y las
opiniones vertidas sobre su eficacia son siempre favorables: en una media de
dos semanas se dejan de recibir esas molestas llamadas publicitarias que, nos
apremian además a decidir rápidamente sobre algo para lo cual no hay necesidad generando
un situación de presión y de práctica comercial agresiva vulnerando claramente
el artículo 8 de la Directiva europea 29/2005.
El
uso extendido de las listas Robinson ha llevado a la aparición de
jurisprudencia con respecto a ellas: en sentencia de 27 de abril de 2012 la Audiencia
Nacional ratifica la sanción impuesta por la Agencia Española de Protección de
Datos a una entidad bancaria por haber hecho partícipe de una nueva campaña
publicitaria a un cliente inscrito en una Lista Robinson.
Esto
supone un espaldarazo claro a este “neo-iusnaturalismo” de defensa de las
libertades individuales que se va positivando poco a poco. bn
Esa
diaria y constante presión publicitaria mediante diversos canales, encuentra un
espacio de receso publicitario en las Listas Robinson, un particular puede
inscribir gratuitamente en ellas y hallará que cesan los bombardeos
informativos. Una empresa que inicie una nueva campaña de publicidad
personalizada se halla en la obligación (si no quiere ser sancionada) de
comprobar que sus clientes no están inscritos en una Lista Robinson.
Parece que el legislador de la mano
con la sociedad civil, que amenaza con salir de su letargo, ha encontrado la
forma de proteger a los usuarios-consumidores de una indigestión de
información. Estas listas no son un rechazo al libre mercado, nada más lejos,
es una forma de garantizar la salud mental en la toma de decisiones y llevar al
libre mercado a un terreno más racional y eficaz ya que como dijo Will Roger
“Si los anunciantes se gastarán la misma cantidad de dinero en mejorar sus
productos de lo que se gastan en anunciarlos, ni siquiera necesitarían
anunciarlos.”
Publicado en el periódico digital VLCNews el 13 de noviembre de 2013
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