miércoles, 26 de marzo de 2014

Reflexiones sobre la Fiscalidad Inmobiliaria



Todavía hoy en día, las Administraciones Públicas españolas, en particular las administraciones tributarias, siguen siendo esa musa que inspiró los más exaltados artículos en el siglo XIX. Casi dos siglos después del “vuelva usted mañana” de Larra, las Administraciones Públicas nos deleitan con un “compre usted una casa, si puede”.
Al hilo de esto, debemos recordar, que hace más de un año que se empezó a aplicar el IVA al tipo del 10% para la compra de viviendas de obra nueva. Si Zapatero había bajado este importe al 4% en 2011, con la intención de acabar con el stock inmobiliario, Rajoy, en plena campaña electoral, había decidido prorrogar la aplicación de este IVA súper reducido para la vivienda nueva. Una vez ya en el Gobierno, Rajoy el 1 de enero de 2013, comenzó a gravar con el 10% de IVA estas transacciones. Parece que lo de ser liberal en lo económico y promover el tráfico jurídico y económico, sólo vale en precampaña.
A estas alturas, a nadie le resultan ajenas las peripecias que se deben salvar para llevar a buen puerto la compra de una vivienda, amén de la imposibilidad de obtención de crédito a no ser que la vivienda se le compre a un banco, en este momento convertidos en las mayores “inmobiliarias” del País. De esta forma, en las transmisiones de vivienda, encontramos que inciden directamente los siguientes impuestos:
En primer lugar, un IVA del 10% en la compra de viviendas de obra nueva. El impuesto que se abonará si se trata de viviendas de segunda transmisión será el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales, que variará entre el 7 y el 10%, dependiendo de la Comunidad Autónoma, para que a nadie se le ocurra pensar que todos los españoles son iguales ante la Ley.
En el caso de obra nueva, se abonará posteriormente el Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados, que también están cedidos a las Comunidades Autónomas, y que la Comunidad Valenciana ya subió su tipo del 1% al 1,2% del valor por el que se haya escriturado la vivienda.
Por último, y una vez el comprador ha conseguido ser el nuevo titular de la vivienda, tocará hacer frente a una retahíla de tasas e impuestos de variada índole: IBI, tasas de basura, etc, que deberá pagar irremediablemente cada anualidad.
            Ahora bien, España cuenta con un stock inmobiliario de casi 600.000 viviendas de obra nueva, sin contar las usadas, de las que la Comunidad Valenciana acoge el mayor porcentaje, 17´4%. ¿De verdad es posible pensar que, gravando la compra de viviendas al 10% se va a conseguir la reducción de este stock? ¿Sirve esto para incentivar el mercado? o, si se me permite el atrevimiento ¿sirve esto para que la Administración consiga recaudar más? La respuesta es clara, obvia e irrefutable es no, ya que estos impuestos funcionan tan sólo,  cómo un desincentivador de las operaciones de compraventa.
            Es innecesario comentar que es muy complicado para el sector inmobiliario volver a cifras cercanas al 18% del PIB, como representó en los años de bonanza, sin embargo, sí podría optar a estabilizarse entre un 10 o 12% ya que tradicionalmente ha sido un sector competente y generador de empleo y riqueza. Pero para esto, conviene no ahuyentar a los posibles inversores, la mayoría extranjeros, mediante cargas fiscales abusivas, incluso injustas, por cuanto varían de Comunidad en Comunidad y sobre todo tremendamente volátiles y arbitrarias que, hay que decirlo, generan y así se percibe por ellos, inseguridad jurídica.
Si los únicos repuntes que se han experimentado en la compra de viviendas, han sido gracias a compradores e inversores foráneos, y ni siquiera a ellos les facilitamos su adquisición ¿qué Administración al servicio del ciudadano y de la realidad estamos padeciendo? ¿No es más bien una Administración con una percepción de la recaudación irreal e indolente en perjuicio del ciudadano y del conjunto de la sociedad?

Tendremos pues que explicarles a estos inversores extranjeros que sí, que en España tenemos vicios de “bon vivant”: casas en primera línea de playa y con vistas al infinito. Pero que, sin embargo, no tienen de qué preocuparse por estos pecadillos menores, el fisco español se encargará, con gran eficacia y eficiencia, a base de impuestos y tasas, cuando no de inspecciones fiscales, comprobación de valores y liquidaciones complementarias,  de hacerles purgar el placer de desayunar mirando al mar.